jueves, 23 de abril de 2009

Copia este libro

Una vez leído el tema de las leyes y las redes P2P he llegado a múltiples conclusiones que pueden resumirse en una: Con buenas argumentaciones –no tienen por qué ser completamente ciertas- y documentándose cualquiera puede tener razón.
Me parece bastante gracioso que alguien que intenta descatalogar a otras personas por utilizar ciertos recursos y posteriormente contradecirse, a fin de cuentas acabe cayendo en el mismo pecado, ya que en un fragmento del artículo descataloga las afirmaciones realizadas por Farré en un programa de radio, al afirmar, y cito textualmente que: “el intercambio en redes P2P bordeaba el Código Penal, que era “casi delictivo” y el autor nos recalca posteriormente que: “Si algo es “casi delictivo”, es que no es delictivo. No hay medias tintas, la conducta tiene que estar claramente definida porque de lo que estamos hablando es nada menos que de la posibilidad de ir a la cárcel.”
Estaría totalmente de acuerdo con el autor si no fuese porque poco después nos dice que: “Sin embargo incluso en ese caso sería difícil calificar los actos que se producen en las redes P2P como actos de comunicación pública”. Es decir, nos intenta convencer de que es legal usar las redes P2P, al afirmar que es difícil pero no imposible –por lo que puede que sea considerado de esa forma-, que las redes P2P puedan calificarse como actos de comunicación pública, que en caso de ser así, serían considerados actividades ilegales. Como él mismo indicaba anteriormente, en estos temas no puede haber medias tintas, hay que estar completamente seguro de lo que se habla.
Y para rematar la jugada, indica que la subida de datos que se producen en las redes P2P (recordemos que en el mismo momento que comienzas la descarga de un fichero estás alojándolo en una carpeta pública y subiéndolo a la red) es automática por la propia configuración del programa. Hasta aquí todo correcto, salvo que finalmente indica que como en muchos casos el usuario no tiene conocimiento de estas acciones, no debería de tener validez legal. Ante todo, como en cualquier acción de riesgo, la gente debería informarse y evaluar las posibles repercusiones. Si desconoces que también estas subiendo archivos a la red, desconoces que realizas una acción ilegal, pero al fin y al cabo la estás haciendo.
Desde el punto de vista caval y sobre todo poniéndome en la piel de un usuario común (usuariu vulgaris), entiendo que se desconozcan todos estos matices y que sólo tengas constancia de descargarte una canción, pero eso no quita que alguien pueda reprender acciones legales en tu contra -cosa que espero que no ocurra- porque estoy totalmente a favor de la descarga libre de ficheros al considerar que no sólo la sociedad vive de música o películas sino que también usamos las redes P2P para documentarnos y adquirir nuevos conocimientos.
Finalizando, simplemente indicar que el autor aporta muchos fragmentos de libros, leyes y demás textos, aunque creo que únicamente sustrae de ellos la información que a él le conviene. Esto es como cuando en Gran Hermano (y no me digas que nunca lo has visto) se quejaban de que sólo ponían aquéllas conversaciones que a los editores les interesaba, llegando incluso a sacar de contexto los comentarios realizados por los concursantes. En este caso he tenido esa misma impresión, creí estar leyendo fragmentos que corroboraban sus posturas, pero tenía la sensación de que por el medio faltaba lo más importante, que es lo que el autor se come poniendo […].
En conclusión, no creo conveniente una lectura como ésta para gente que carece de conocimientos legales y de leyes, sobre todo de un tema tan concreto aunque no menos interesante y necesario, ya que usa demasiados términos y se basa en aportaciones y referencias de textos legales. También indicar que apoyo totalmente la postura del autor cuando dice que es necesario eliminar de la opinión pública a esa minoría todopoderosa que creen que pueden hacer todo lo que les plazca para obtener resultados que unicamente les convienen a ellos.

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